Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia
Capítulo undécimo: La promoción de la paz
CAPÍTULO UNDÉCIMO
LA PROMOCIÓN DE LA PAZ
I. ASPECTOS BÍBLICOS
488 Antes que un don de Dios al hombre y un proyecto humano conforme al designio divino, la paz es, ante todo, un atributo esencial de Dios: « Yahveh- Paz » (Jc 6,24). La creación, que es un reflejo de la gloria divina, aspira a la paz. Dios crea todas las cosas y todo lo creado forma un conjunto armónico, bueno en todas sus partes (cf. Gn 1,4.10.12.18. 21.25.31).
La paz se funda en la relación primaria entre todo ser creado y Dios mismo, una relación marcada por la rectitud (cf. Gn 17,1). Como consecuencia del acto voluntario con el cual el hombre altera el orden divino, el mundo conoce el derramamiento de sangre y la división: la violencia se manifiesta en las relaciones interpersonales (cf. Gn 4,1-16) y en las sociales (cf. Gn 11,1-9). La paz y la violencia no pueden habitar juntas, donde hay violencia no puede estar Dios (cf. 1 Cro 22,8-9).
489 En la Revelación bíblica, la paz es mucho más que la simple ausencia de guerra: representa la plenitud de la vida (cf. Ml 2,5); más que una construcción humana, es un sumo don divino ofrecido a todos los hombres, que comporta la obediencia al plan de Dios. La paz es el efecto de la bendición de Dios sobre su pueblo: « Yahveh te muestre su rostro y te conceda la paz » (Nm 6,26). Esta paz genera fecundidad (cf. Is 48,19), bienestar (cf. Is 48,18), prosperidad (cf. Is 54,13), ausencia de temor (cf. Lv 26,6) y alegría profunda (cf. Pr 12,20).
490 La paz es la meta de la convivencia social, como aparece de forma extraordinaria en la visión mesiánica de la paz: cuando todos los pueblos acudirán a la casa del Señor y Él les mostrará sus caminos, ellos podrán caminar por las sendas de la paz (cf. Is 2,2-5). Un mundo nuevo de paz, que alcanza toda la naturaleza, ha sido prometido para la era mesiánica (cf. Is 11,6-9) y al mismo Mesías se le llama « Príncipe de Paz » (Is 9,5). Allí donde reina su paz, allí donde es anticipada, aunque sea parcialmente, nadie podrá turbar al pueblo de Dios (cf. Sof 3,13). La paz será entonces duradera, porque cuando el rey gobierna según la justicia de Dios, la rectitud brota y la paz abunda « hasta que no haya luna » (Sal 72,7). Dios anhela dar la paz a su pueblo: « Sí, Yahveh habla de paz para su pueblo y para sus amigos, con tal que a su torpeza no retornen » (Sal 85,9). El salmista, escuchando lo que Dios dice a su pueblo sobre la paz, oye estas palabras: « Amor y Verdad se han dado cita, Justicia y Paz se abrazan » (Sal 85,11).
491 La promesa de paz, que recorre todo el Antiguo Testamento, halla su cumplimiento en la Persona de Jesús. La paz es el bien mesiánico por excelencia, que engloba todos los demás bienes salvíficos. La palabra hebrea « shalom », en el sentido etimológico de « entereza », expresa el concepto de « paz » en la plenitud de su significado (cf. Is 9,5s.; Mi 5,1-4). El reino del Mesías es precisamente el reino de la paz (cf. Jb 25,2; Sal 29,11; 37,11; 72,3.7; 85,9.11; 119,165; 125,5; 128,6; 147,14; Ct 8,10; Is 26,3.12; 32,17s; 52,7; 54,10; 57,19; 60,17; 66,12; Ag 2,9; Zc 9,10 et alibi). Jesús « es nuestra paz » (Ef 2,14), Él ha derribado el muro de la enemistad entre los hombres, reconciliándoles con Dios (cf. Ef 2,14-16). De este modo, San Pablo, con eficaz sencillez, indica la razón fundamental que impulsa a los cristianos hacia una vida y una misión de paz.
La vigilia de su muerte, Jesús habla de su relación de amor con el Padre y de la fuerza unificadora que este amor irradia sobre sus discípulos; es un discurso de despedida que muestra el sentido profundo de su vida y que puede considerarse una síntesis de toda su enseñanza. El don de la paz sella su testamento espiritual: « Os dejo la paz, mi paz os doy; no os la doy como la da el mundo » (Jn 14,27). Las palabras del Resucitado no suenan diferentes; cada vez que se encuentra con sus discípulos, estos reciben de Él su saludo y el don de la paz: « La paz con vosotros » (Lc 24,36; Jn 20,19.21.26).
492 La paz de Cristo es, ante todo, la reconciliación con el Padre, que se realiza mediante la misión apostólica confiada por Jesús a sus discípulos y que comienza con un anuncio de paz: « En la casa en que entréis, decid primero: “Paz a esta casa” » (Lc 10,5-6; cf. Rm 1,7). La paz es además reconciliación con los hermanos, porque Jesús, en la oración que nos enseñó, el « Padre nuestro », asocia el perdón pedido a Dios con el que damos a los hermanos: « Perdónanos nuestras deudas, así como nosotros hemos perdonado a nuestros deudores » (Mt 6,12). Con esta doble reconciliación, el cristiano puede convertirse en artífice de paz y, por tanto, partícipe del Reino de Dios, según lo que Jesús mismo proclama: « Bienaventurados los que trabajan por la paz, porque ellos serán llamados hijos de Dios » (Mt 5,9).
493 La acción por la paz nunca está separada del anuncio del Evangelio, que es ciertamente « la Buena Nueva de la paz » (Hch 10,36; cf. Ef 6,15) dirigida a todos los hombres. En el centro del « Evangelio de paz » (Ef 6,15) se encuentra el misterio de la Cruz, porque la paz es inseparable del sacrificio de Cristo (cf. Is 53,5: « El soportó el castigo que nos trae la paz, y con sus cardenales hemos sido curados »): Jesús crucificado ha anulado la división, instaurando la paz y la reconciliación precisamente « por medio de la cruz, dando en sí mismo muerte a la Enemistad » (Ef 2,16) y donando a los hombres la salvación de la Resurrección.
II. LA PAZ: FRUTO DE LA JUSTICIA Y DE LA CARIDAD
494 La paz es un valor1015 y un deber universal;1016 halla su fundamento en el orden racional y moral de la sociedad que tiene sus raíces en Dios mismo, « fuente primaria del ser, verdad esencial y bien supremo ».1017 La paz no es simplemente ausencia de guerra, ni siquiera un equilibrio estable entre fuerzas adversarias,1018 sino que se funda sobre una correcta concepción de la persona humana1019 y requiere la edificación de un orden según la justicia y la caridad.
La paz es fruto de la justicia (cf. Is 32,17),1020 entendida en sentido amplio, como el respeto del equilibrio de todas las dimensiones de la persona humana. La paz peligra cuando al hombre no se le reconoce aquello que le es debido en cuanto hombre, cuando no se respeta su dignidad y cuando la convivencia no está orientada hacia el bien común. Para construir una sociedad pacífica y lograr el desarrollo integral de los individuos, pueblos y Naciones, resulta esencial la defensa y la promoción de los derechos humanos.1021
La paz también es fruto del amor: « La verdadera paz tiene más de caridad que de justicia, porque a la justicia corresponde sólo quitar los impedimentos de la paz: la ofensa y el daño; pero la paz misma es un acto propio y específico de caridad ».1022
495 La paz se construye día a día en la búsqueda del orden querido por Dios1023 y sólo puede florecer cuando cada uno reconoce la propia responsabilidad para promoverla.1024 Para prevenir conflictos y violencias, es absolutamente necesario que la paz comience a vivirse como un valor en el interior de cada persona: así podrá extenderse a las familias y a las diversas formas de agregación social, hasta alcanzar a toda la comunidad política.1025 En un dilatado clima de concordia y respeto de la justicia, puede madurar una auténtica cultura de paz,1026 capaz de extenderse también a la Comunidad Internacional. La paz es, por tanto, « el fruto del orden plantado en la sociedad humana por su divino Fundador, y que los hombres, sedientos siempre de una justicia más perfecta, han de llevar a cabo ».1027 Este ideal de paz « no se puede lograr si no se asegura el bien de las personas y la comunicación espontánea entre los hombres de sus riquezas de orden intelectual y espiritual ».1028
496 La violencia no constituye jamás una respuesta justa. La Iglesia proclama, con la convicción de su fe en Cristo y con la conciencia de su misión, « que la violencia es un mal, que la violencia es inaceptable como solución de los problemas, que la violencia es indigna del hombre. La violencia es una mentira, porque va contra la verdad de nuestra fe, la verdad de nuestra humanidad. La violencia destruye lo que pretende defender: la dignidad, la vida, la libertad del ser humano ».1029
El mundo actual necesita también el testimonio de profetas no armados, desafortunadamente ridiculizados en cada época:1030 « Los que renuncian a la acción violenta y sangrienta y recurren para la defensa de los derechos del hombre a medios que están al alcance de los más débiles, dan testimonio de caridad evangélica, siempre que esto se haga sin lesionar los derechos y obligaciones de los otros hombres y de las sociedades. Atestiguan legítimamente la gravedad de los riesgos físicos y morales del recurso a la violencia con sus ruinas y sus muertes ».1031
III. EL FRACASO DE LA PAZ: LA GUERRA
497 El Magisterio condena « la crueldad de la guerra »1032 y pide que sea considerada con una perspectiva completamente nueva:1033 « En nuestra época, que se jacta de poseer la energía atómica, resulta un absurdo sostener que la guerra es un medio apto para resarcir el derecho violado ».1034 La guerra es un « flagelo »1035 y no representa jamás un medio idóneo para resolver los problemas que surgen entre las Naciones: « No lo ha sido nunca y no lo será jamás »,1036 porque genera nuevos y más complejos conflictos.1037 Cuando estalla, la guerra se convierte en « una matanza inútil »,1038 « aventura sin retorno »,1039 que amenaza el presente y pone en peligro el futuro de la humanidad: « Nada se pierde con la paz; todo puede perderse con la guerra ».1040 Los daños causados por un conflicto armado no son solamente materiales, sino también morales.1041 La guerra es, en definitiva, « el fracaso de todo auténtico humanismo »,1042 « siempre es una derrota de la humanidad »:1043 « nunca más los unos contra los otros, ¡nunca más! … ¡nunca más la guerra, nunca más la guerra! ».1044
498 La búsqueda de soluciones alternativas a la guerra para resolver los conflictos internacionales ha adquirido hoy un carácter de dramática urgencia, ya que « el ingente poder de los medios de destrucción, accesibles incluso a las medias y pequeñas potencias, y la conexión cada vez más estrecha entre los pueblos de toda la tierra, hacen muy arduo o prácticamente imposible limitar las consecuencias de un conflicto ».1045 Es, pues, esencial la búsqueda de las causas que originan un conflicto bélico, ante todo las relacionadas con situaciones estructurales de injusticia, de miseria y de explotación, sobre las que hay que intervenir con el objeto de eliminarlas: « Por eso, el otro nombre de la paz es el desarrollo. Igual que existe la responsabilidad colectiva de evitar la guerra, también existe la responsabilidad colectiva de promover el desarrollo ».1046
499 Los Estados no siempre disponen de los instrumentos adecuados para proveer eficazmente a su defensa: de ahí la necesidad y la importancia de las Organizaciones internacionales y regionales, que deben ser capaces de colaborar para hacer frente a los conflictos y fomentar la paz, instaurando relaciones de confianza recíproca, que hagan impensable el recurso a la guerra.1047 « Cabe esperar que los pueblos, por medio de relaciones y contactos institucionalizados, lleguen a conocer mejor los vínculos sociales con que la naturaleza humana los une entre sí y a comprender con claridad creciente que entre los principales deberes de la común naturaleza humana hay que colocar el de que las relaciones individuales e internacionales obedezcan al amor y no al temor, porque ante todo es propio del amor llevar a los hombres a una sincera y múltiple colaboración material y espiritual, de la que tantos bienes pueden derivarse para ellos ».1048
a) La legítima defensa
500 Una guerra de agresión es intrínsecamente inmoral. En el trágico caso que estalle la guerra, los responsables del Estado agredido tienen el derecho y el deber de organizar la defensa, incluso usando la fuerza de las armas.1049 Para que sea lícito el uso de la fuerza, se deben cumplir simultáneamente unas condiciones rigurosas: « —que el daño causado por el agresor a la Nación o a la comunidad de las naciones sea duradero, grave y cierto; —que todos los demás medios para poner fin a la agresión hayan resultado impracticables o ineficaces; —que se reúnan las condiciones serias de éxito; —que el empleo de las armas no entrañe males y desórdenes más graves que el mal que se pretende eliminar. El poder de los medios modernos de destrucción obliga a una prudencia extrema en la apreciación de esta condición. Estos son los elementos tradicionales enumerados en la doctrina llamada de la “guerra justa”. La apreciación de estas condiciones de legitimidad moral pertenece al juicio prudente de quienes están a cargo del bien común ».1050
Esta responsabilidad justifica la posesión de medios suficientes para ejercer el derecho a la defensa; sin embargo, los Estados siguen teniendo la obligación de hacer todo lo posible para « garantizar las condiciones de la paz, no sólo en su propio territorio, sino en todo el mundo ».1051 No se puede olvidar que « una cosa es utilizar la fuerza militar para defenderse con justicia y otra muy distinta querer someter a otras Naciones. La potencia bélica no legitima cualquier uso militar o político de ella. Y una vez estallada la guerra lamentablemente, no por eso todo es lícito entre los beligerantes ».1052
501 La Carta de las Naciones Unidas, surgida de la tragedia de la Segunda Guerra Mundial, y dirigida a preservar las generaciones futuras del flagelo de la guerra, se basa en la prohibición generalizada del recurso a la fuerza para resolver los conflictos entre los Estados, con excepción de dos casos: la legítima defensa y las medidas tomadas por el Consejo de Seguridad, en el ámbito de sus responsabilidades, para mantener la paz. En cualquier caso, el ejercicio del derecho a defenderse debe respetar « los tradicionales límites de la necesidad y de la proporcionalidad ».1053
Una acción bélica preventiva, emprendida sin pruebas evidentes de que una agresión está por desencadenarse, no deja de plantear graves interrogantes de tipo moral y jurídico. Por tanto, sólo una decisión de los organismos competentes, basada en averiguaciones exhaustivas y con fundados motivos, puede otorgar legitimación internacional al uso de la fuerza armada, autorizando una injerencia en la esfera de la soberanía propia de un Estado, en cuanto identifica determinadas situaciones como una amenaza para la paz.
b) Defender la paz
502 Las exigencias de la legítima defensa justifican la existencia de las fuerzas armadas en los Estados, cuya acción debe estar al servicio de la paz: quienes custodian con ese espíritu la seguridad y la libertad de un país, dan una auténtica contribución a la paz.1054 Las personas que prestan su servicio en las fuerzas armadas, tienen el deber específico de defender el bien, la verdad y la justicia en el mundo; no son pocos los que en este contexto han sacrificado la propia vida por estos valores y por defender vidas inocentes. El número creciente de militares que trabajan en fuerzas multinacionales, en el ámbito de las « misiones humanitarias y de paz », promovidas por las Naciones Unidas, es un hecho significativo.1055
503 Los miembros de las fuerzas armadas están moralmente obligados a oponerse a las órdenes que prescriben cumplir crímenes contra el derecho de gentes y sus principios universales.1056 Los militares son plenamente responsables de los actos que realizan violando los derechos de las personas y de los pueblos o las normas del derecho internacional humanitario. Estos actos no se pueden justificar con el motivo de la obediencia a órdenes superiores.
Los objetores de conciencia, que rechazan por principio la prestación del servicio militar en los casos en que sea obligatorio, porque su conciencia les lleva a rechazar cualquier uso de la fuerza, o bien la participación en un determinado conflicto, deben estar disponibles a prestar otras formas de servicio: « Parece razonable que las leyes tengan en cuenta, con sentido humano, el caso de los que se niegan a tomar las armas por motivo de conciencia y aceptan al mismo tiempo servir a la comunidad humana de otra forma ».1057
c) El deber de proteger a los inocentes
504 El derecho al uso de la fuerza en legítima defensa está asociado al deber de proteger y ayudar a las víctimas inocentes que no pueden defenderse de la agresión. En los conflictos de la era moderna, frecuentemente al interno de un mismo Estado, también deben ser plenamente respetadas las disposiciones del derecho internacional humanitario. Con mucha frecuencia la población civil es atacada, a veces incluso como objetivo bélico. En algunos casos es brutalmente asesinada o erradicada de sus casas y de la propia tierra con emigraciones forzadas, bajo el pretexto de una « limpieza étnica »1058 inaceptable. En estas trágicas circunstancias, es necesario que las ayudas humanitarias lleguen a la población civil y que nunca sean utilizadas para condicionar a los beneficiarios: el bien de la persona humana debe tener la precedencia sobre los intereses de las partes en conflicto.
505 El principio de humanidad, inscrito en la conciencia de cada persona y pueblo, conlleva la obligación de proteger a la población civil de los efectos de la guerra: « Esa mínima protección de la dignidad de todo ser humano, garantizada por el derecho internacional humanitario, muy a menudo es violada en nombre de exigencias militares o políticas, que jamás deberían prevalecer sobre el valor de la persona humana. Es necesario hoy lograr un nuevo consenso sobre los principios humanitarios y reforzar sus fundamentos, para impedir que se repitan atrocidades y abusos ».1059
Una categoría especial de víctimas de la guerra son los refugiados, que a causa de los combates se ven obligados a huir de los lugares donde viven habitualmente, hasta encontrar protección en países diferentes de donde nacieron. La Iglesia muestra por ellos un especial cuidado, no sólo con la presencia pastoral y el socorro material, sino también con el compromiso de defender su dignidad humana: « La solicitud por los refugiados nos debe estimular a reafirmar y subrayar los derechos humanos, universalmente reconocidos, y a pedir que también para ellos sean efectivamente aplicados ».1060
506 Los conatos de eliminar enteros grupos nacionales, étnicos, religiosos o lingüísticos son delitos contra Dios y contra la misma humanidad, y los autores de estos crímenes deben responder ante la justicia.1061 El siglo XX se ha caracterizado trágicamente por diversos genocidios: el de los armenios, los ucranios, los camboyanos, los acaecidos en África y en los Balcanes. Entre ellos sobresale el holocausto del pueblo hebreo, la Shoah: « Los días de la shoah han marcado una verdadera noche en la historia, registrando crímenes inauditos contra Dios y contra el hombre ».1062
La Comunidad Internacional en su conjunto tiene la obligación moral de intervenir a favor de aquellos grupos cuya misma supervivencia está amenazada o cuyos derechos humanos fundamentales son gravemente violados. Los Estados, en cuanto parte de una Comunidad Internacional, no pueden permanecer indiferentes; al contrario, si todos los demás medios a disposición se revelaran ineficaces, « es legítimo, e incluso obligado, emprender iniciativas concretas para desarmar al agresor ».1063 El principio de la soberanía nacional no se puede aducir como pretexto para impedir la intervención en defensa de las víctimas.1064 Las medidas adoptadas deben aplicarse respetando plenamente el derecho internacional y el principio fundamental de la igualdad entre los Estados.
La Comunidad Internacional se ha dotado de un Tribunal Penal Internacional para castigar a los responsables de actos particularmente graves: crímenes de genocidio, crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra, crimen de agresión. El Magisterio no ha dejado de animar repetidamente esta iniciativa.1065
d) Medidas contra quien amenaza la paz
507 Las sanciones, en las formas previstas por el ordenamiento internacional contemporáneo, buscan corregir el comportamiento del gobierno de un país que viola las reglas de la pacífica y ordenada convivencia internacional o que practica graves formas de opresión contra la población. Las finalidades de las sanciones deben ser precisadas de manera inequívoca y las medidas adoptadas deben ser periódicamente verificadas por los organismos competentes de la Comunidad Internacional, con el fin de lograr una estimación objetiva de su eficacia y de su impacto real en la población civil. La verdadera finalidad de estas medidas es abrir paso a la negociación y al diálogo. Las sanciones no deben constituir jamás un instrumento de castigo directo contra toda la población: no es lícito que a causa de estas sanciones tengan que sufrir poblaciones enteras, especialmente sus miembros más vulnerables. Las sanciones económicas, en particular, son un instrumento que ha de usarse con gran ponderación y someterse a estrictos criterios jurídicos y éticos.1066 El embargo económico debe ser limitado en el tiempo y no puede ser justificado cuando los efectos que produce se revelan indiscriminados.
e) El desarme
508 La doctrina social propone la meta de un « desarme general, equilibrado y controlado ».1067 El enorme aumento de las armas representa una amenaza grave para la estabilidad y la paz. El principio de suficiencia, en virtud del cual un Estado puede poseer únicamente los medios necesarios para su legítima defensa, debe ser aplicado tanto por los Estados que compran armas, como por aquellos que las producen y venden.1068 Cualquier acumulación excesiva de armas, o su comercio generalizado, no pueden ser justificados moralmente; estos fenómenos deben también juzgarse a la luz de la normativa internacional en materia de no-proliferación, producción, comercio y uso de los diferentes tipos de armamento. Las armas nunca deben ser consideradas según los mismos criterios de otros bienes económicos a nivel mundial o en los mercados internos.1069
El Magisterio, también ha formulado una valoración moral del fenómeno de la disuasión: « La acumulación de armas es para muchos como una manera paradójica de apartar de la guerra a posibles adversarios. Ven en ella el más eficaz de los medios, para asegurar la paz entre las Naciones. Este procedimiento de disuasión merece severas reservas morales. La carrera de armamentos no asegura la paz. En lugar de eliminar las causas de guerra, corre el riesgo de agravarlas ».1070 Las políticas de disuasión nuclear, típicas del período de la llamada Guerra Fría, deben ser sustituidas por medidas concretas de desarme, basadas en el diálogo y la negociación multilateral.
509 Las armas de destrucción masiva —biológicas, químicas y nucleares— representan una amenaza particularmente grave; quienes las poseen tienen una enorme responsabilidad delante de Dios y de la humanidad entera.1071 El principio de la no-proliferación de armas nucleares, junto con las medidas para el desarme nuclear, así como la prohibición de pruebas nucleares, constituyen objetivos estrechamente unidos entre sí, que deben alcanzarse en el menor tiempo posible por medio de controles eficaces a nivel internacional.1072 La prohibición de desarrollar, producir, acumular y emplear armas químicas y biológicas, así como las medidas que exigen su destrucción, completan el cuadro normativo internacional para proscribir estas armas nefastas,1073 cuyo uso ha sido explícitamente reprobado por el Magisterio: « Toda acción bélica que tiende indiscriminadamente a la destrucción de ciudades enteras o de extensas regiones junto con sus habitantes, es un crimen contra Dios y la humanidad que hay que condenar con firmeza y sin vacilaciones ».1074
510 El desarme debe extenderse a la interdicción de armas que infligen efectos traumáticos excesivos o que golpean indiscriminadamente, así como las minas antipersona, un tipo de pequeños artefactos, inhumanamente insidiosos, porque siguen dañando durante mucho tiempo después del fin de las hostilidades: los Estados que las producen, comercializan o las usan todavía, deben cargar con la responsabilidad de retrasar gravemente la total eliminación de estos instrumentos mortíferos.1075 La Comunidad Internacional debe continuar empeñándose en la limpieza de campos minados, promoviendo una eficaz cooperación, incluida la formación técnica, con los países que no disponen de medios propios aptos para efectuar esta urgente labor de sanear sus territorios y que no están en condiciones de proporcionar una asistencia adecuada a las víctimas de las minas.
511 Es necesario que se adopten las medidas apropiadas para el control de la producción, la venta, la importación y la exportación de armas ligeras e individuales, que favorecen muchas manifestaciones de violencia. La venta y el tráfico de estas armas constituyen una seria amenaza para la paz: son las que matan un mayor número de personas y las más usadas en los conflictos no internacionales; su disponibilidad aumenta el riesgo de nuevos conflictos y la intensidad de aquellos en curso. La actitud de los Estados que aplican rígidos controles al tráfico internacional de armas pesadas, mientras que no prevén nunca, o sólo en raras ocasiones, restricciones al comercio de armas ligeras e individuales, es una contradicción inaceptable. Es indispensable y urgente que los Gobiernos adopten medidas apropiadas para controlar la producción, acumulación, venta y tráfico de estas armas,1076 con el fin de contrarrestar su creciente difusión, en gran parte entre grupos de combatientes que no pertenecen a las fuerzas armadas de un Estado.
512 Debe denunciarse la utilización de niños y adolescentes como soldados en conflictos armados, a pesar de que su corta edad debería impedir su reclutamiento. Éstos se ven obligados a combatir a la fuerza, o bien lo eligen por propia iniciativa sin ser plenamente conscientes de las consecuencias. Se trata de niños privados no sólo de la instrucción que deberían recibir y de una infancia normal, sino además adiestrados para matar: todo esto constituye un crimen intolerable. Su empleo en las
fuerzas combatientes de cualquier tipo debe suprimirse; al mismo tiempo, es necesario proporcionar toda la ayuda posible para el cuidado, la educación y la rehabilitación de aquellos que han participado en combates.1077
f) La condena del terrorismo
513 El terrorismo es una de las formas más brutales de violencia que actualmente perturba a la Comunidad Internacional, pues siembra odio, muerte, deseo de venganza y de represalia.1078 De estrategia subversiva, típica sólo de algunas organizaciones extremistas, dirigida a la destrucción de las cosas y al asesinato de las personas, el terrorismo se ha transformado en una red oscura de complicidades políticas, que utiliza también sofisticados medios técnicos, se vale frecuentemente de ingentes cantidades de recursos financieros y elabora estrategias a gran escala, atacando personas totalmente inocentes, víctimas casuales de las acciones terroristas.1079 Los objetivos de los ataques terroristas son, en general, los lugares de la vida cotidiana y no objetivos militares en el contexto de una guerra declarada. El terrorismo actúa y golpea a ciegas, fuera de las reglas con las que los hombres han tratado de regular sus conflictos, por ejemplo mediante el derecho internacional humanitario: « En muchos casos se admite como nuevo sistema de guerra el uso de los métodos del terrorismo ».1080 No se deben desatender las causas que originan esta inaceptable forma de reivindicación. La lucha contra el terrorismo presupone el deber moral de contribuir a crear las condiciones para que no nazca ni se desarrolle.
514 El terrorismo se debe condenar de la manera más absoluta. Manifiesta un desprecio total de la vida humana, y ninguna motivación puede justificarlo, en cuanto el hombre es siempre fin, y nunca medio. Los actos de terrorismo hieren profundamente la dignidad humana y constituyen una ofensa a la humanidad entera: « Existe por tanto, un derecho a defenderse del terrorismo ».1081 Este derecho no puede, sin embargo, ejercerse sin reglas morales y jurídicas, porque la lucha contra los terroristas debe conducirse respetando los derechos del hombre y los principios de un Estado de derecho.1082 La identificación de los culpables debe estar debidamente probada, ya que la responsabilidad penal es siempre personal y, por tanto, no se puede extender a las religiones, las Naciones o las razas a las que pertenecen los terroristas. La colaboración internacional contra la actividad terrorista « no puede reducirse sólo a operaciones represivas y punitivas. Es esencial que incluso el recurso necesario a la fuerza vaya acompañado por un análisis lúcido y decidido de los motivos subyacentes a los ataques terroristas ».1083 Es necesario también un compromiso decidido en el plano « político y pedagógico »1084 para resolver, con valentía y determinación, los problemas que en algunas dramáticas situaciones pueden alimentar el terrorismo: « El reclutamiento de los terroristas resulta más fácil en los contextos sociales donde los derechos son conculcados y las injusticias se toleran durante demasiado tiempo ».1085
515 Es una profanación y una blasfemia proclamarse terroristas en nombre de Dios:1086 de ese modo se instrumentaliza, no sólo al hombre, sino también a Dios, al creer que se posee totalmente su verdad, en vez de querer ser poseídos por ella. Definir « mártires » a quienes mueren cumpliendo actos terroristas es subvertir el concepto de martirio, ya que éste es un testimonio de quien se deja matar por no renunciar a Dios y a su amor, no de quien asesina en nombre de Dios.
Ninguna religión puede tolerar el terrorismo ni, menos aún, predicarlo.1087 Las religiones están más bien comprometidas en colaborar para eliminar las causas del terrorismo y promover la amistad entre los pueblos.1088
IV. LA APORTACIÓN DE LA IGLESIA A LA PAZ
516 La promoción de la paz en el mundo es parte integrante de la misión con la que la Iglesia prosigue la obra redentora de Cristo sobre la tierra. La Iglesia, en efecto, es, en Cristo « “sacramento”, es decir signo e instrumento de paz en el mundo y para el mundo ».1089 La promoción de la verdadera paz es una expresión de la fe cristiana en el amor que Dios nutre por cada ser humano. De la fe liberadora en el amor de Dios se desprenden una nueva visión del mundo y un nuevo modo de acercarse a los demás, tanto a una sola persona como a un pueblo entero: es una fe que cambia y renueva la vida, inspirada por la paz que Cristo ha dejado a sus discípulos (cf. Jn 14,27). Movida únicamente por esta fe, la Iglesia promueve la unidad de los cristianos y una fecunda colaboración con los creyentes de otras religiones. Las diferencias religiosas no pueden y no deben constituir causa de conflicto: la búsqueda común de la paz por parte de todos los creyentes es un decisivo factor de unidad entre los pueblos.1090 La Iglesia exhorta a personas, pueblos, Estados y Naciones a hacerse partícipes de su preocupación por el restablecimiento y la consolidación de la paz destacando, en particular, la importante función del derecho internacional.1091
517 La Iglesia enseña que una verdadera paz es posible sólo mediante el perdón y la reconciliación.1092 No es fácil perdonar a la vista de las consecuencias de la guerra y de los conflictos, porque la violencia, especialmente cuando llega « hasta los límites de lo inhumano y de la aflicción »,1093 deja siempre como herencia una pesada carga de dolor, que sólo puede aliviarse mediante una reflexión profunda, leal, valiente y común entre los contendientes, capaz de afrontar las dificultades del presente con una actitud purificada por el arrepentimiento. El peso del pasado, que no se puede olvidar, puede ser aceptado sólo en presencia de un perdón recíprocamente ofrecido y recibido: se trata de un recorrido largo y difícil, pero no imposible.1094
518 El perdón recíproco no debe anular las exigencias de la justicia, ni mucho menos impedir el camino que conduce a la verdad: justicia y verdad representan, en cambio, los requisitos concretos de la reconciliación. Resultan oportunas las iniciativas que tienden a instituir Organismos judiciales internacionales. Semejantes Organismos, valiéndose del principio de jurisdicción universal y apoyados en procedimientos adecuados, respetuosos de los derechos de los imputados y de las víctimas, pueden encontrar la verdad sobre los crímenes perpetrados durante los conflictos armados.1095 Es necesario, sin embargo, ir más allá de la determinación de los comportamientos delictivos, ya sean de acción o de omisión, y de las decisiones sobre los procedimientos de reparación, para llegar al restablecimiento de relaciones de recíproco entendimiento entre los pueblos divididos, en nombre de la reconciliación.1096 Es necesario, además, promover el respeto del derecho a la paz: este derecho « favorece la construcción de una sociedad en cuyo seno las relaciones de fuerza se sustituyen por relaciones de colaboración con vistas al bien común ».1097
519 La Iglesia lucha por la paz con la oración. La oración abre el corazón, no sólo a una profunda relación con Dios, sino también al encuentro con el prójimo inspirado por sentimientos de respeto, confianza, comprensión, estima y amor.1098 La oración infunde valor y sostiene a « los verdaderos amigos de la paz »,1099 a los que tratan de promoverla en las diversas circunstancias en que viven. La oración litúrgica es « la cumbre a la cual tiende la actividad de la Iglesia y, al mismo tiempo, la fuente de donde mana toda su fuerza »;1100 en particular la celebración eucarística, « fuente y cumbre de toda la vida cristiana »,1101 es el manantial inagotable de todo auténtico compromiso cristiano por la paz.1102
520 Las Jornadas Mundiales de la Paz son celebraciones de especial intensidad para orar invocando la paz y para comprometerse a construir un mundo de paz. El Papa Pablo VI las instituyó con el fin de « dedicar a los pensamientos y a los propósitos de la Paz, una celebración particular en el día primero del año civil ».1103 Los Mensajes Pontificios para esta ocasión anual constituyen una rica fuente de actualización y desarrollo de la doctrina social, e indican la constante acción pastoral de la Iglesia en favor de la paz: « La Paz se afianza solamente con la paz; la paz no separada de los deberes de justicia, sino alimentada por el propio sacrificio, por la clemencia, por la misericordia, por la caridad ».1104
Notas
1015 Cf. Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1986_, 1: AAS 78 (1986) 278-279.
1016 Cf. Pablo VI, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1969_: AAS 60 (1968) 771; Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2004_, 4: AAS 96 (2004) 116.
1017 Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1982_, 4: AAS 74 (1982) 328.
1018 Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. _Gaudium et spes_, 78: AAS 58 (1966) 1101-1102.
1019 Cf. Juan Pablo II, Carta enc. _Centesimus annus_, 51: AAS 83 (1991) 856-857.
1020 Cf. Pablo VI, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1972_: AAS 63 (1971) 868.
1021 Cf. Pablo VI, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1969_: AAS 60 (1968) 772; Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1999_, 12: AAS 91 (1999) 386-387.
1022 Pío XI, Carta enc. _Ubi arcano_: AAS 14 (1922) 686. En la Encíclica se hace referencia a Santo Tomás de Aquino, _Summa theologiae_, II-II, q. 29, art. 3, ad 3um; cf. Concilio Vaticano II, Const. past. _Gaudium et spes_, 78: AAS 58 (1966) 1101-1102.
1023 Cf. Pablo VI, Carta enc. _Populorum Progressio_, 76: AAS 59 (1967) 294-295.
1024 Cf. Pablo VI, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1974_: AAS 65 (1973) 672.
1025 Cf. _Catecismo de la Iglesia Católica_, 2317.
1026 Cf. Juan Pablo II, _Discurso al Cuerpo Diplomático_ (13 de enero de 1997), 3: AAS 89 (1997) 474.
1027 Concilio Vaticano II, Const. past. _Gaudium et spes_, 78: AAS 58 (1966) 1101; cf. _Catecismo de la Iglesia Católica_, 2304.
1028 Concilio Vaticano II, Const. past. _Gaudium et spes_, 78: AAS 58 (1966) 1101.
1029 Juan Pablo II, _Discurso_ en Drogheda, Irlanda (29 de septiembre de 1979), 9: AAS 71 (1979) 1081; cf. Pablo VI, Exh. ap. _Evangelii nuntiandi_, 37: AAS 68 (1976) 29.
1030 Cf. Juan Pablo II, _Discurso a la Pontificia Academia de las Ciencias_ (12 de noviembre de 1983), 5: AAS 76 (1984) 398-399.
1031 _Catecismo de la Iglesia Católica_, 2306.
1032 Concilio Vaticano II, Const. past. _Gaudium et spes_, 77: AAS 58 (1966) 1100; cf. _Catecismo de la Iglesia Católica_, 2307-2317.
1033 Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. _Gaudium et spes_, 80: AAS 58 (1966) 1103-1104.
1034 Juan XXIII, Carta enc. _Pacem in terris_: AAS 55 (1963) 291.
1035 León XII, _Alocución al Colegio de los Cardenales_, _Acta Leonis XIII_, 19 (1899) 270-272.
1036 Juan Pablo II, _Encuentro con los Colaboradores del Vicariato Romano_ (17 de enero de 1991): _L'Osservatore Romano,_ edición española, 18 de enero de 1991, p. 1; cf. Id., _Discurso a los Obispos del Rito Latino de la Región Árabe_ (1º de octubre de 1990), 4: AAS 83 (1991) 475.
1037 Cf. Pablo VI, _Discurso a los Cardenales_ (24 de junio de 1965): AAS 57 (1965) 643-644.
1038 Benedicto XV, _Llamamiento a los Jefes de los pueblos beligerantes_ (1º de agosto de 1917): AAS 9 (1917) 423.
1039 Juan Pablo II, _Oración durante la Audiencia General_ (16 de enero de 1991): _L'Osservatore Romano,_ edición española, 18 de enero de 1991, p. 1.
1040 Pío XII, _Radiomensaje_ (24 de agosto de 1939): AAS 31 (1939) 334; cf. Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1993_, 4: AAS 85 (1993) 433-434; Juan XXIII, Carta enc. _Pacem in terris__:_ AAS 55 (1963) 288.
1041 Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. _Gaudium et spes_, 79: AAS 58 (1966) 1102-1103.
1042 Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1999_, 11: AAS 91 (1999) 385.
1043 Juan Pablo II, _Discurso al Cuerpo Diplomático_ (13 de enero de 2003), 4: AAS 95 (2003) 323.
1044 Pablo VI, _Discurso a la Asamblea General de las Naciones Unidas_ (4 de octubre de 1965), 5: AAS 57 (1965) 881.
1045 Juan Pablo II, Carta enc. _Centesimus annus_, 51: AAS 83 (1991) 857.
1046 Juan Pablo II, Carta enc. _Centesimus annus_, 52: AAS 83 (1991) 858.
1047 Cf. Juan XXIII, Carta enc. _Pacem in terris_: AAS 55 (1963) 288-289.
1048 Juan XXIII, Carta enc. _Pacem in terris_: AAS 55 (1963) 291.
1049 Cf. _Catecismo de la Iglesia Católica_, 2265.
1050 _Catecismo de la Iglesia Católica_, 2309.
1051 Pontificio Consejo « Justicia y Paz », _El comercio internacional de armas. Una reflexión ética_ (1º de mayo de 1994), I, 6, Librería Editrice Vaticana, Ciudad del Vaticano 1994, p. 12.
1052 Concilio Vaticano II, Const. past. _Gaudium et spes_, 79: AAS 58 (1966) 1103.
1053 Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2004_, 6: AAS 96 (2004) 117.
1054 Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. _Gaudium et spes_, 79: AAS 58 (1966) 1102-1103; cf. _Catecismo de la Iglesia Católica_, 2310.
1055 Cf. Juan Pablo II, _Mensaje al III Congreso Internacional de Ordinarios Militares_ (11 de marzo de 1994), 4: AAS 87 (1995) 74.
1056 Cf. _Catecismo de la Iglesia Católica_, 2313.
1057 Concilio Vaticano II, Const. past. _Gaudium et spes_, 79: AAS 58 (1966) 1103; cf. _Catecismo de la Iglesia Católica_, 2311.
1058 Juan Pablo II, _Angelus Domini_ (7 de marzo de 1993), 4: _L'Osservatore Romano,_ edición española, 12 de marzo de 1993, p. 1; cf. Id., _Discurso al Consejo de Ministros de la OCSE_ (30 de noviembre de 1993), 4: AAS 86 (1994) 751.
1059 Juan Pablo II, _Discurso a la Audiencia general_ (11 de agosto de 1999): _L'Osservatore Romano,_ edición española, 13 de agosto de 1999, p. 1.
1060 Juan Pablo II, _Mensaje para la Cuaresma 1990_, 3: AAS 82 (1990) 802.
1061 Cf. Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1999_, 7: AAS 91 (1999) 382; Id., _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2000_, 7: AAS 92 (2000) 362.
1062 Juan Pablo II, _Regina coeli_ (18 de abril de 1993), 3: _L'Osservatore Romano,_ edición española, 23 de abril de 1993, p. 12; cf. Comisión para las Relaciones Religiosas con el judaísmo, _Nosotros recordamos. Una reflexión sobre la Shoah_ (16 de marzo de 1998): _L'Osservatore Romano,_ edición española, 20 de marzo de 1998, pp. 11-12.
1063 Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2000_, 11: AAS 92 (2000) 363.
1064 Cf. Juan Pablo II, _Discurso al Cuerpo Diplomático_ (16 enero 1993), 13: AAS 85 (1993) 1247-1248; cf. Id., _Discurso pronunciado en ocasión de la Conferencia Internacional de la Nutrición, organizada por la FAO y la OMS_ (5 de diciembre de 1992), 3: AAS 85 (1993) 922-923. Id., _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2004_, 9: AAS 96 (2004) 120.
1065 Cf. Juan Pablo II, _Angelus Domini_ (14 de junio de 1998): _L'Osservatore Romano,_ edición española, 19 de junio de 1998, p. 1; Id., _Discurso a los participantes en el Congreso Mundial sobre la Pastoral de los Derechos Humanos_ (4 de julio de 1998), 5: _L'Osservatore Romano_, edición española, 17 de julio de 1998, p. 2; Id., _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1999_, 7: AAS 91 (1999) 382; cf. también Pío XII, _Discurso al VI Congreso internacional de derecho penal_ (3 de octubre de 1953): AAS 45 (1953) 730-744.
1066 Cf. Juan Pablo II, _Discurso al Cuerpo Diplomático_ (9 de enero de 1995), 7: AAS 87 (1995) 849.
1067 Juan Pablo II, _Mensaje en el 40º aniversario de la ONU_ (14 de octubre de 1985), 6: _L'Osservatore Romano,_ edición española, 3 de noviembre de 1985, p. 12.
1068 Cf. Pontificio Consejo « Justicia y Paz », _El comercio internacional de armas. Una reflexión ética_ (1º de mayo de 1994), I, 9-11: Librería Editrice Vaticana, Ciudad del Vaticano 1994, pp. 13-14.
1069 Cf. _Catecismo de la Iglesia Católica_, 2316; Juan Pablo II, _Discurso al Mundo del Trabajo,_ Verona, Italia (17 de abril de 1988), 6: _L'Osservatore Romano,_ edición española, 24 de abril de 1988, p. 21.
1070 _Catecismo de la Iglesia Católica_, 2315.
1071 Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. _Gaudium et spes_, 80: AAS 58 (1966) 1103-1104; _Catecismo de la Iglesia Católica_, 2314; Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1986_, 2: AAS 78 (1986) 280.
1072 Cf. Juan Pablo II, _Discurso al Cuerpo Diplomático_ (13 de enero de 1996), 7: AAS 88 (1996) 767-768.
1073 La Santa Sede ha querido ser parte de los instrumentos jurídicos relativos a las armas nucleares, biológicas y químicas para apoyar las iniciativas de la Comunidad Internacional en este sentido.
1074 Concilio Vaticano II, Const. past. _Gaudium et spes_, 80: AAS 58 (1966) 1104.
1075 Cf. Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1999_, 11: AAS 91 (1999) 385-386.
1076 Cf. Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1999_, 11: AAS 91 (1999) 385-386.
1077 Cf. Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1999_, 11: AAS 91 (1999) 385-386.
1078 Cf. _Catecismo de la Iglesia Católica_, 2297.
1079 Cf. Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2002_, 4: AAS 94 (2002) 134.
1080 Concilio Vaticano II, Const. past. _Gaudium et spes_, 79: AAS 58 (1966) 1102.
1081 Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2002_, 5: AAS 94 (2002) 134.
1082 Cf. Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2004_, 8: AAS 96 (2004) 119.
1083 Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2004_, 8: AAS 96 (2004) 119.
1084 Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2004_, 8: AAS 96 (2004) 119.
1085 Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2002_, 5: AAS 94 (2002) 134.
1086 Cf. Juan Pablo II, _Discurso a los representantes del mundo de la cultura, del arte y de la ciencia_, Astana, Kazajstán (24 de septiembre de 2001), 5: _L'Osservatore Romano,_ edición española, 5 de octubre de 2001, p. 10.
1087 Cf. Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2002_, 7: AAS 94 (2002) 135-136.
1088 Cf. _Decálogo de Asís por la paz_, n. 1, contenido en la Carta enviada por Juan Pablo II a los Jefes de Estado y de Gobierno del 24 de febrero de 2002: _L'Osservatore Romano,_ edición española, 8 de marzo de 2002, p. 2.
1089 Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2000_, 20: AAS 92 (2000) 369.
1090 Cf. Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1988_, 3: AAS 80 (1988) 282-284.
1091 Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2004_, 9: AAS 96 (2004) 120.
1092 Cf. Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2002_, 9: AAS 94 (2002) 136-137; Id., _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2004_, 10: AAS 96 (2004) 121.
1093 Juan Pablo II, _Carta con ocasión del 50º aniversario del comienzo de la Segunda Guerra mundial_, 2: AAS 82 (1990) 51.
1094 Cf. Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1997_, 3: AAS 89 (1997) 193.
1095 Cf. Pío XII, _Discurso al VI Congreso internacional de derecho penal_ (3 de octubre de 1953): AAS 65 (1953) 730-744; Juan Pablo II, _Discurso al Cuerpo Diplomático_ (13 de enero de 1997), 4: AAS 89 (1997) 474-475; Id., _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1999_, 7: AAS 91 (1999) 382.
1096 Cf. Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada de la Paz 1997_, 3\. 4. 6: AAS 89 (1997) 193. 196-197.
1097 Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada de la Paz 1999_, 11: AAS 91 (1999) 385.
1098 Cf. Juan Pablo II, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1992_, 4: AAS 84 (1992) 323-324.
1099 Pablo VI, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1968__:_ AAS 59 (1967) 1098.
1100 Concilio Vaticano II, Const. _Sacrosanctum Concilium_, 10: AAS 56 (1964) 102.
1101 Concilio Vaticano II, Const. dogm. _Lumen Gentium_, 11: AAS 57 (1965) 15.
1102 La celebración Eucarística comienza con un saludo de paz, el saludo de Cristo a sus discípulos. El _Gloria_ es una petición de paz para todo el pueblo de Dios sobre la tierra. En las anáforas de la Misa, la oración por la paz se estructura rezando por la paz y la unidad de la Iglesia; por la paz de toda la familia de Dios en esta vida; por el progreso de la paz y la salvación del mundo. Durante el rito de la comunión, la Iglesia ora para que el Señor dé « la paz en nuestros días » y recuerda el don de Cristo que consiste en su paz, invocando « la paz y la unidad » de su Reino. La Asamblea ora también para que el Cordero de Dios quite los pecados del mundo y « dé la paz ». Antes de la comunión, toda la asamblea intercambia un saludo de paz; la celebración Eucarística se concluye despidiendo a la Asamblea en la paz de Cristo. Son muchas las oraciones que, durante la Santa Misa, invocan la paz en el mundo; en ellas, la paz se halla a veces asociada a la justicia, como, por ejemplo, la oración colecta del octavo domingo del Tiempo Ordinario, con la cual la Iglesia pide a Dios que los acontecimientos de este mundo se realicen siempre bajo el signo de la justicia y de la paz, según su voluntad.
1103 Pablo VI, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1968_: AAS 59 (1967) 1100.
1104 Pablo VI, _Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1976_: AAS 67 (1975) 671.